TSJ sienta las bases para designar a la Junta Directiva del Poder Legislativo y todo perfila que será presidida por el PSUV







TSJ sienta las bases para designar a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional

El pasado 11 de enero, según se refleja en la sentencia número 2 del 2017, la Sala Constitucional anuló el nombramiento de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional elegida por ese órgano el día 5 de enero, así como el Acto legislativo de declaratoria de abandono del cargo del Presidente de la República, invocando para ello la figura del desacato de las decisiones de ese Máximo Tribunal, que en su Sala Constitucional dictó con los números 269 del 21 de abril de 2016, 808 del 2 de septiembre de 2016, 810 del 21 de septiembre de 2016, 952 del 21 de noviembre de 2016, 1012, 1013 y 1014 del 25 de noviembre de 2016, y recientemente la 01 del 09 de enero de 2017; y de su Sala Electoral las decisiones números 260 del 30 de diciembre de 2015, 1 del 11 de enero de 2016 y 108 del 1 de agosto de 2016.

Sin embargo, por vez primera, declara la Sala Constitucional, que la Asamblea Nacional habría incurrido en omisión legislativa al no haber designado -adecuadamente según el relato de la Sala- su Junta Directiva para el período 2017-2018, por la no desincorporación de los Diputados por el Estado Amazonas tal y como fueron incorporados al Parlamento, en sesión parlamentaria, conforme al principio del paralelismo de los actos. Ha de recordarse que la Asamblea Nacional habría desincorporado a los Diputados por el Estado Amazonas por votación realizada el día 9 de enero, justo antes de pasar a discutir lo relativo al supuesto abandono del cargo de Presidente de la Republica, reconociendo por efecto reflejo el Poder Legislativo que aún para aquel entonces los Diputados por Amazonas se mantenían incorporados al Parlamento, lo que reafirma que para el 5 de enero de 2017, fecha de instalación y designación de la Junta Directiva elegida para este año, el presunto desacato se encontraba vigente.

Así las cosas, como pasó previo a que la Sala Constitucional designe a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, ese Tribunal ordenó al Consejo Nacional Electoral que "remita un informe detallado en donde se especifique la configuración que por Partidos Políticos integran a la Asamblea Nacional, así como el número exacto de Diputados que los integran", a los fines de justificar -según puede inferirse- que esa designación por el Poder Judicial será hecha sobre la base proporcional del número de Diputados que cada partido haya ganado en las elecciones de diciembre de 2015, y, recordando que es el PSUV el partido político con mayor número de Diputados electos por su tarjeta electoral, no así la MUD que es una coalición de partidos políticos, luce inevitable que sea impuesto un Diputado del PSUV -pro gobierno ejecutivo- como el próximo Presidente o Presidenta del Parlamento.

Esperemos por el lado de la oposición una actuación rápida y efectiva antes que se consume este intento ya "cantado" por la Sala Constitucional -tal y como lo hizo el pasado mes de diciembre al designar a los Rectores del CNE por omisión legislativa, así como aprobar el presupuesto del año 2017 de la misma manera- más allá de las consideraciones jurídicas o mediáticas que puedan esgrimir en contra de esta "Crónica de una Muerte Anunciada". Tan Rápida ha de ser esta actuación que quizá ya sea tarde en el día de hoy.

Igualmente, con la solicitud de intervención del Consejo Moral Republicano del Poder Ciudadano, también traída por la Sala Constitucional, el panorama para la oposición resulta más desolador pues se amenaza además con la permanencia en sus cargos de buena parte de los Diputados de oposición si un procedimiento ante el Poder Ciudadano tan solo se limite a reproducir las consideraciones de numerosas sentencias de las Salas Constitucional y Electoral del TSJ en donde se ha declarado la contumacia y desacato de la Junta Directiva 2016 de la Asamblea Nacional en cumplir con las decisiones del Poder Judicial.

Aquí la sentencia:

Sentencia de la Sala Constitucional que declara la omisión legislativa de la Asamblea Nacional por encontrarse aún en desacato. Anula los actos parlamentarios de los días 5 y 9 de enero de 2017 (nombramiento de Junta Directiva 2017-2018 y declaratoria de abandono del cargo del Presidente de la Republica). Ordena a la Junta Directiva con periodo vencido que haga cumplir la decisión del TSJ y se desincorporen a los Diputados del Estado Amazonas suspendidos por sentencia cautelar. Prohíbe la designación de Junta Directiva alguna hasta tanto se cumpla el paso anterior. Ordena remitir las actuaciones al Poder Ciudadano y el ordena al CNE que remita un informe detallado en donde se especifique la configuración que por Partidos Políticos integran a la Asamblea Nacional, así como el número exacto de Diputados que los integran.

http://www.franciscosantana.net/2017/01/sentencia-de-la-sala-constitucional-que.html?m=1




 Francisco Santana Núñez
12 de enero de 2017.

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