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Resolución Conjunta Nº 058 y Nº 046, mediante la cual se concede la exención del visado de turismo, hasta por un plazo de noventa (90) días, prorrogables por una sola vez y en igual término, a las personas turistas que sean nacionales de la República del Ecuador, de la República del Perú y de la República Oriental del Uruguay (Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores)