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Mostrando las entradas etiquetadas como Artículo 31 de la CRBV

"No puede afirmarse que sobre la base del artículo 31 de la Constitución, exista una obligación del Estado de permanecer o someterse a órganos internacionales de protección de derechos humanos". "...las normas que se adopten en el marco de los acuerdos de integración son consideradas parte integrante del ordenamiento legal y de aplicación directa y preferente a la legislación interna, mientras se encuentre vigente el tratado que les dio origen...". (Sala Constitucional)