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Actualidad jurídica y jurisprudencial. Página creada y editada por Francisco Santana, abogado.
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Mostrando las entradas etiquetadas como Confesión
La revisión constitucional por denuncias sobre valoración probatoria excepcionalmente procede, cuando: a) el tratamiento que se le da a la prueba promovida implica un abuso de derecho; b) la valoración de la prueba resulta claramente errónea o arbitraria; o c) cuando se ha dejado de valorar, sin justificación alguna, una prueba determinante para la resolución de la causa. La prueba de confesión judicial "no puede ser implícita o tácita, de manera tal de que el juez deba deducirla o inducirla de los dichos del confesante". (Sala Constitucional)
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Sala de Casación Civil abandona expresamente "el criterio mediante el cual se permitía el establecimiento de la existencia de una relación concubinaria mediante la prueba de confesión y establece, que a partir de la presente fecha, no procede la prueba de confesión en las acciones mero declarativas de unión estable de hecho".
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