Sala Electoral acuerda abrir una articulación probatoria de tres días, incluyendo en el cómputo el día del auto, en el procedimiento de oposición a la suspensión de la proclamación de los Diputados electos en Amazonas el pasado 6 de diciembre
N° SENTENCIA: 122
N° EXPEDIENTE: 2016-X-000003
Procedimiento: Auto que acuerda abrir una articulación
probatoria
Partes: Los ciudadanos JULIO YGARZA, ROMEL GUZAMANA, NIRMA
GUARULLA, ROSA PETIT, JAVIER LINARES y MAULIGMER BALOA, titulares de las
cédulas de identidad N° 12.173.417, 13.325.572, 1.569.032, 8.947.877,
15.512.592 y 13.964.768, respectivamente, invocando la condición de diputados
electos por el estado Amazonas y por los ciudadanos HERNÁN GARCIA, HILDA
ESTRADA, JOSÉ DIAZ, PETRA PEREZ, PEDRO MEJÍAS, ORFILIA FERNÁNDEZ y PORFIRIO
JIMÉNEZ y Otros, titulares de la cédula de identidad N° 10.924.511, 12.173.837,
12.451.917, 12.628.799, 13.325.039, 13.714.631 y 13.964.128, quienes invocaron
la condición de electores del estado Amazonas mediante los cuales presentaron
oposición al amparo cautelar decretado por esta Sala mediante Sentencia N° 260
de fecha 30 de diciembre de 2016, y los ciudadanos HENRY RAMOS ALLUP, ENRIQUE
OCTAVIO MÁRQUEZ PÉREZ y JOSÉ SIMÓN CALZADILLA, titulares de las cédulas de
identidad números 1.364.990, 7.761.751 y 6.196.129, respectivamente, en su
carácter de miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional de la
República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se oponen a la medida de
amparo cautelar acordada por esta Sala mediante Sentencia N° 260, de fecha 30
de diciembre del año 2015.
Decisión: Se abrió articulación probatoria de tres (03) días
de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los
interesados promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinentes.
Ponente: Juzgado de Sustanciación
Ver Sentencia
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/jsselec/febrero/184759-121-4216-2016-2016-X-000003.HTML
UZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Sala Electoral
Caracas, 04 de febrero de 2016
205º y 156º
De conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley
Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se abre articulación probatoria de
tres (03) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive,
para que los interesados promuevan y evacuen las pruebas que consideren
pertinentes.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA
LÓPEZ PÉREZ
Exp. AA70-X-2016-000003
IMAI/ilp/mj