Modelo de escrito de IMPUGNACIÓN de postulados (as) a Magistrados (as) del T.S.J.
Por iniciativa coordinada por el Prof. Dr. Ramón Escovar León, hacemos del conocimiento público el siguiente formato de escrito de impugnación a postulaciones al Tribunal Supremo de Justicia, para quienes tengan motivos, ejerzan ese derecho ciudadano:
Caracas,
XX de diciembre de 2015.-
Ciudadanos
Presidente y demás Integrantes del Comité de
Postulaciones Judicial
Su Despacho.-
Yo, (Nombre de Ciudadano), mayor de edad, de este domicilio, titular de
la Cédula de Identidad Nro. (Cédula
de Ciudadano), en uso de los derechos que nos otorga la Constitución
Bolivariana de Venezuela en sus artículos 51, 62 y 264, y en concordancia con lo estipulado en
el artículo 25 del Reglamento Interno del Comité de Postulaciones Judiciales,
respetuosamente ocurro ante su competente autoridad para impugnar formalmente,
y por las causales que a continuación
señalo, la postulación al cargo de Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia,
del ciudadano «APELLIDOS_Y_NOMBRES_»,
titular de la Cédula de Identidad No. «CÉDULA_».
Punto
Previo
La presente
impugnación en nada convalida las irregularidades de orden constitucional y
legal en que se ha incurrido desde el inicio de este procedimiento, y en todas
sus etapas, tales como:
a)
El inicio del procedimiento de
designación está viciado por fraude constitucional y abuso de poder, infectado
de nulidad absoluta, pues la verdadera intención de los integrantes de la
actual Asamblea Nacional no es cumplir con el mandato constitucional de
designar a algunos de los más altos Magistrados de la República, sino cubrir
esos cargos (algunos no vencidos aún)
con ciudadanos vinculados partidistamente al Poder Ejecutivo Nacional y
ello se traduce en un fraude constitucional.
b)
El Comité de Postulaciones
Judiciales inició el procedimiento de postulación, sin que hubiesen vacantes y
sin indicar cuáles cargos serían suplidos, mediante este procedimiento.
c)
La Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Justicia exige que el proceso de preselección no fuese mayor a 30
días, los cuales ya vencieron y deja sin efecto cualquier procedimiento que
supere dicho lapso, como ocurrió en este caso. Siendo este procedimiento un
mandato constitucional, el mismo está revestido del más estricto orden público
constitucional que se está vulnerando con este procedimiento.
d)
La lista de postulados en violación
del lapso establecido en la Ley, fue publicada apenas el 8 de diciembre de 2015 y en esa lista no se aclara cuántos y
cuáles son los cargos que serán suplidos.
Legitimación para Actuar
Me legitima para
actuar en este procedimiento, mi condición de venezolano (tal como se evidencia
de mi cédula de identidad) y residente, lo que me hace justiciable.
En cuanto a
la Impugnación
La Constitución de la República Bolivariana de Venezeula establece
que el postulado deberá cumplir, y no los cumple el postulado, entre otros requisitos los siguientes:
1.
Gozar
de buena reputación. No ha acreditado el postulado ninguna documentación que
acredite su buena reputación profesional, tal y como ocurre en los
procedimientos para la designación de jueces de instancia a quienes se le exige
la solvencia del Tribunal Disciplinario correspondiente.
2.
Haber
ejercido la abogacía durante un mínimo de 15 años. No ha acreditado el
ejercicio de la abogacía durante ese lapso.
3.
Tener
título universitario de postgrado en materia jurídica. No acredita título
universitario de postgrado reconocido en Venezuela.
4.
Haber
sido profesor universitario en ciencia jurídica, durante un mínimo de 15 años y
tener la categoría de profesor titular. No acredita su condición de profesor
titular de una Universidad reconocida en Venezuela.
5.
Haber
sido juez superior en la especialidad correspondiente a la Sala para la cual se
postula, con un mínimo de 15 años en el ejercicio de la carrera judicial, y
reconocido prestigio en el desempeño de sus funciones. No ha acreditado su
condición de especialista en la Sala para la cual se ha propuesto.
6.
Ha
ejercido y ejerce militancia política partidista. La mejor prueba de ello es la
postulación para este cargo. (Buscar en google la mayor información posible
sobre este y de encontrarla citarla y copiarla).
De conformidad con el artículo 25 del Reglamento Interno del
Comité de Postulaciones Judiciales, en concordancia con lo dispuesto en los
artículos 506 del Código de Procedimiento Civil, y 1357 del Código Civil, es
claro que el postulado no está entre los ciudadanos que de manera pública ha
destacado en su ejercicio profesional o judicial, y por ende señalamos
expresamente que la existencia de los documentos exigidos en el encabezamiento
del artículo 25 de existir cursan en el archivo del postulado impugnado, quien
tiene la obligación de exhibirlo para acreditar fehacientemente estos
requisitos de orden público.
En respeto del derecho a la defensa, invoco, por aplicación
analógica, el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de
que se aperture una articulación probatoria, con el objeto de que el postulado
acredite esos requisitos.
Solicito respetuosamente se le dé trámite a la presente
impugnación, y sea debidamente sustanciada y se me haga parte en presente el
procedimiento.
Domicilio
Señalo como domicilio para cualquier notificación o citación, la
siguiente: (Agregar
Domicilio)
________________
Firma del
Impugnante
NOTAS:
Los escritos de impugnación deben ser consignados en la
siguiente dirección:
Asamblea
Nacional: Sede del Comité de Postulaciones Judiciales, Esq. de San Francisco,
Edificio Centro Mercantil San Francisco, Piso 2, Ofic. 2-1, El Silencio
HORARIO
9:00 am. a 12:00 m. y de 1:00 pm. a 4:00 pm.
Los escritos deben ser
consignados a partir del 9 de Diciembre y a más tardar el martes 22
de diciembre de 2015