"Criminalidad cambiaria" Por Fernando M. Fernández

Criminalidad cambiaria

Los expedientes seguirán abiertos hasta decisión final. ¡Alerta empresas y gerentes!

FERNANDO M. FERNÁNDEZ |  EL UNIVERSAL
viernes 27 de septiembre de 2013  12:00 AM
Los casos por ilícitos cambiarios han sobrepasado lo imaginable. Son demasiados los que deben atender los tribunales. No se dan abasto, junto con los casos de drogas y homicidios. La cifra oculta de los delitos cambiarios es infinita. El mercado negro es inconmensurable: no pueden procesarse todos los casos. La razón ha sido la criminalización del comercio cambiario.

Los efectos de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios (LCIC) han sido peores que los de la Ley sobre Régimen Cambiario. No solo ha crecido la ilicitud, sino que hoy día se encuentra colapsada la economía. Las cárceles están rebasadas. Se ha demostrado, nuevamente, que los asuntos financieros no se resuelven con leyes penales ni prisiones.

La prohibición de mencionar el precio de las divisas en el mercado negro ha generado todo tipo de chistes para decirlo todo sin decir nada.

Pero, lo más llamativo es que un delito que solo existe en Venezuela y unos pocos países, sin importancia en la economía globalizada, se tramita ante la justicia penal como si fuera un caso de delincuencia organizada. El ilícito cambiario se imputa conjuntamente con legitimación de capitales (así se llama en Venezuela al blanqueo de activos), asociación para delinquir y cualquier otro delito.

El proyecto de reforma de la LCIC recoge esta experiencia del foro. Ahora serán delitos transfronterizos. El delito de fraude cambiario duplica su pena hasta 14 años de prisión (más que el delito de esclavitud con penas de 6 a 12 años de prisión).

Las personas jurídicas privadas serán punibles. Los casos que se tramitan actualmente ante los tribunales no serán amnistiados con la nueva LCIC: los expedientes seguirán abiertos hasta decisión final. ¡Alerta empresas y gerentes!

fernando.fernandez@bakermckenzie.com



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