(Gaceta Oficial Nº 40.142 del 8 de abril de 2013)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA
DESPACHO DEL MINISTRO
202º, 154º y 14º
Nº 094
Fecha: 08 de abril de 2013
RESOLUCIÓN
El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, designado según Decreto Nº 9.221 de fecha 13 de octubre de 2012, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.028 de fecha 15 de octubre de 2012, en resguardo de los derechos y garantías fundamentales de las personas, consagrados en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en ejercicio de las atribuciones que le confiere lo dispuesto en el artículo 77 numerales 2, 12, 19 y 27 del Decreto Nº 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.890 Extraordinario del 31 de julio de 2.008; en concordancia con lo establecido en el artículo 3 numerales 10, 18 y 19 del Decreto Nº 8.121 mediante el cual se establecen las competencias del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.644 de fecha 29 de marzo de 2011; en concordancia con lo establecido en el artículo 20 numerales 4 y 15, artículo 22 y Disposiciones Transitorias Primera, Segunda y Tercera del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Servicio de Policía de Investigación Penal, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistícas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.079 Extraordinario de fecha .15 de junio de 2012; con el artículo 6 numeral 2, artículos 11, 18 numeral 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.945 de fecha 15 de junio de 2012; con lo previsto en el Decreto Nº 9.086 de fecha 10 de julio de 2012, mediante el cual se crea la Gran Misión A Toda Vida Venezuela, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.961 de la misma fecha, y con lo establecido en la Resolución Nº 084 de fecha 22 de marzo de 2013, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.135 de fecha 25 de marzo de 2013, mediante la cual se establece y adecua transitoriamente la estructura organizativa y funcional a Nivel Regional del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistícas (CICPC), hasta tanto el órgano rector en planificación apruebe la estructura definitiva,
RESUELVE
Artículo 1. Se designan, como Jefes de las seis (6) Regiones Estratégicas de Investigación Penal (REDIP), dependientes del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), a Nivel Regional, conforme lo establecido en la Resolución Nº 084 de fecha 22 de marzo de 2013, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.135 de fecha 25 de marzo de 2013, a los ciudadanos que se identifican a continuación:
1. Jefe de la Región Estratégica de Investigación Penal Central: Comisario General JOSÉ GREGORIO SIERRALTA RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.604.255.
2. Jefe de la Región Estratégica de investigación Penal Los Llanos: Comisario General RAMÓN JOSÉ SILVA TORCAT, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.095.878.
3. Jefe de la Región Estratégica de Investigación Penal Occidental: Comisario General RUBÉN ALFONSO LUGO CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.966.596.
4. Jefe de la Región Estratégica de Investigación Penal Oriental: Comisario General EFRÉN ANTONIO LÓPEZ LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.455.443.
5. Jefe de la Región Estratégica de Investigación Penal Guayana: Comisario General LUÍS ENRRÍQUEZ RODRÍGUEZ ARAUJO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.535.664.
6. Jefe de la Región Estratégica de Investigación Penal Marítima e Insular: Comisario General RAMÓN JOSÉ CASANOVA VILLEGAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.620.815.
Artículo 2. Los Jefes designados en la presente Resolución deberán supervisar las actividades de las distintas Delegaciones Estadales, Subdelegaciones y Ejes de Investigaciones Especializados, con el objeto de hacer más expedita y precisa la actuación del órgano principal de investigación penal, asegurando su operatividad a nivel nacional, para el logro de mejores resultados y de los objetivos institucionales.
Artículo 3. Los Jefes designados en la presente Resolución deberán mantener informado al Viceministro o Viceministra del Sistema Integrado de Investigación Penal y al Director o Directora General del Cuerpo de Investigaciones Científicas. Penales y Criminalísticas (CICPC), sobre el desempeño y avance de sus actividades, para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
Artículo 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Comuníquese y Publíquese
Por el Ejecutivo Nacional,
NÉSTOR LUÍS REVEROL TORRES
MINISTRO |