Resolución N° 01-00-000248, mediante la cual se solicita la presentación de la declaración jurada de patrimonio actualizada al personal de los cuerpos de policía a nivel nacional, estadal y municipal dentro del lapso comprendido desde el primero (1°) de enero hasta el treinta y uno (31) de enero de 2013 (Contraloría General de la República)


(Gaceta Oficial Nº 40.076 del 20 de diciembre de 2012)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Nº 01-00-000248

Caracas, 19 de diciembre de 2012

202º y 153º

ADELINA GONZÁLEZ

Contralora General de la República E

En ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Contra la Corrupción.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley Contra la Corrupción es deber de las personas indicadas en el artículo 3º de la citada Ley, formular declaración jurada de patrimonio, no sólo al ingreso y al cese de las funciones, sino en la oportunidad que lo exija el Contralor General de la República, de conformidad con el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, que lo autorizan para solicitar declaraciones juradas de patrimonio así como disponer su presentación periódica entre otros, a los funcionarios, empleados y obreros de los organismos y entidades señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de dicha Ley. CONSIDERANDO

Que corresponde a la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo 41, como competencias exclusivas recibir, admitir, estudiar, cotejar, verificar, ordenar y archivar las declaraciones juradas que le fueren presentadas, así como exigir su formulación y presentación a las personas que deban hacerlo, en la oportunidad y condiciones que juzgue necesario, de conformidad con la ley.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 141 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Administración Pública se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública a los cuales deben adecuar su conducta los funcionarios y empleados públicos y en tal sentido administrar y custodiar el patrimonio público con decoro, decencia, probidad y honradez.

CONSIDERANDO

Que la Convención Interamericana Contra la Corrupción, suscrita y ratificada por nuestro país, contempla entre las medidas preventivas que deben implementar los Estados miembros, la creación, fortalecimiento o mantenimiento de normas que regulen la declaración por parte de los funcionarios públicos de sus ingresos, activos, pasivos, y la publicidad de la misma cuando corresponda.

RESUELVE:

PRIMERO: Solicitar la presentación de la declaración jurada de patrimonio actualizada al personal de los cuerpos de policía a nivel nacional, estadal y municipal, funcionarios, empleados y obreros, que desempeñen funciones permanentes o transitorias, remuneradas o gratuitas originadas por nombramiento o contrato otorgado por la autoridad competente.

SEGUNDO: La declaración jurada de patrimonio actualizada, deberá ser presentada en los términos y condiciones establecidas por la Contraloría General de la República, siguiendo las instrucciones, emanadas al efecto, disponibles en el portal electrónico de la Contraloría General de la República: http://www.cgr.gov.ve.

TERCERO: La declaración jurada de patrimonio actualizada, a la que se contrae la presente Resolución, deberá presentarse dentro del lapso comprendido desde el primero (1º) de enero hasta el treinta y uno (31) de enero de 2013.

CUARTO: La obligación de actualizar de conformidad con lo previsto en la presente Resolución, incluye a todo el personal independientemente de que hubieren actualizado o presentado declaración jurada de patrimonio durante el ejercicio fiscal del año 2012.

QUINTO: Sin perjuicio del control y seguimiento que corresponde a la Contraloría General de la República, las máximas autoridades jerárquicas y los responsables del área de Recursos Humanos de los cuerpos de policía, vigilarán el eficaz cumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente Resolución y se asegurarán de difundir y concientizar acerca de la importancia de la obligación de declarar su situación patrimonial, así como de dar cumplimiento al referido trámite en el lapso indicado.

SEXTO: Las Unidades de Auditoría Interna de los cuerpos de policía velarán por el cumplimiento de la obligación prevista en la presente Resolución e informarán el resultado a la Dirección de Declaraciones Juradas de Patrimonio de la Contraloría General de la República, dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento del plazo previsto para la presentación de la declaración jurada de patrimonio.

SÉPTIMO: Las situaciones no previstas en la presente Resolución así como las dudas que se originen en su aplicación, serán resueltas por el Contralor (a) General de la República.

Comuníquese y Publíquese,

ADELINA GONZÁLEZ

Contralora General de la República E


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