Resolución N° 2012-0034, mediante la cual se crea, organiza y pone en funcionamiento a nivel nacional, de manera progresiva, de los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control



(Gaceta Oficial N° 40.072 del 14 de diciembre de 2012)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PLENA

Caracas, 12 de diciembre de 2012

202°y 153°

RESOLUCIÓN N° 2012-0034

El Tribunal Supremo de Justicia en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las previstas en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, determinantes en la dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, dicta la presente Resolución.

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela propugna en nuestra Nación como Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, haciéndose indispensable, a través del Poder Judicial, forjar la garantía plena de una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles; para todos sus ciudadanos y ciudadanas, especialmente aquellos que intervienen en el campo del conflicto con la ley penal, las víctimas y victimarios, por lo que en aras del progreso insistente de una estructura organizacional, jurisdiccional y de los procesos en tan sensible materia, va en búsqueda de la plenitud de la tutela judicial eficaz, efectiva y para la protección en la diversidad de sus derechos y la preservación de la seguridad jurídica. CONSIDERANDO

Que el 12 de junio de 2012, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, dictó Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, signado bajo el N° 9.042, cuyo texto íntegro fue publicado el 15 de junio de 2012, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, con el N° 6.078 Extraordinario, con vigencia anticipada de alguno de sus artículos y con vacatio legis en su gran mayoría, cobrando vigor pleno a partir del 01 de enero de 2013.

CONSIDERANDO

Que el mencionado instrumento adjetivo penal, crea los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control, respecto de los cuales la creación de ese texto legal señaló en su Exposición de Motivos lo siguiente: "(.) constituye un cambio de fondo del Sistema de Justicia Penal, que se caracteriza por la aplicación de nuevas instancias jurisdiccionales y procedimientos para el conocimiento de los delitos menos graves, cuya pena en su límite superior no exceda de ocho (8) años de privación de libertad, excepto los delitos de mayor impacto social expresamente señalados (.)".


 CONSIDERANDO

Que al Tribunal Supremo de Justicia, como máximo órgano y rector del Poder Judicial, le corresponde velar por el fiel cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás disposiciones del ordenamiento jurídico; habiéndosele, en tal sentido, impuesto las competencias otorgadas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en su Libro Final, Título I, de la Organización de los Tribunales, para la Actuación en el Proceso Penal, Capítulo I, De los Órganos Jurisdiccionales Penales, en sus artículos 504 y segundo aparte del 505, previendo este último que: "La organización y funcionamiento de los tribunales de primera instancia municipal se establecerán mediante resolución que dicte el Tribunal Supremo de Justicia."; en concordancia con la Disposición Final Tercera ejusdem, que dispone que: "La creación, organización y funcionamiento de los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control, se establecerá mediante resolución que a tales efectos dictará la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dentro de los seis meses siguientes a la publicación del presente Código en la Gaceta Oficial de la República."

RESUELVE

Artículo 1: Crear, organizar y poner en funcionamiento a nivel nacional, de manera progresiva, de los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control, para conocer y decidir los procesos penales que tengan por objeto los hechos punibles Indicados en el Título II del Libro III del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, signado bajo el N° 9.042, cuyo texto íntegro fue publicado el 15 de junio de 2012 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela con el N° 6.078 Extraordinario.

Artículo 2: Crear, organizar y poner en funcionamiento conforme al artículo N° 1 de la presente Resolución, los Tribunales de Primera Instancia Municipal Funciones de Control, en los Circuitos judiciales penales que a continuación se mencionan:

.- Para el Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

.- Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control,

.- Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

.- Para el Circuito Judicial del estado Aragua:

.- Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control. .- Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control,

.-Para el Circuito Judicial del estado Nueva Esparta:

Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control

.- Para el Circuito Judicial del estado Táchira, San Cristóbal:

Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

Artículo 3: Atribuir a los Tribunales de Primera Instancia Estadales en Funciones de Control, a nivel nacional, la competencia para conocer y decidir los procesos penales que tengan por objeto delitos cuyas penas en su límite máximo no excedan de ocho (8) años de privación de libertad, ello por razones de extrema necesidad en el Cumplimiento del servicio judicial y la oportuna administración de justicia. En consecuencia, aquéllos aplicarán las normas del procedimiento establecidas en el Título II del Libro III del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.

Artículo 4: Ordenar a los Tribunales o Juzgados de Primera Instancia Estadales en Funciones de Control, a nivel nacional, se abstengan de remitir las causas actualmente en curso, en consecuencia, aquéllos aplicarán las normas del procedimiento establecidas en la Disposición Final Cuarta Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.

Artículo 5: Por efectos de los artículos 3 y 4 de la presente Resolución, los Tribunales de Primera Instancia Estadales en Funciones de Control, conocerán y resolverán las causas en curso y las que reciban por distribución a partir del 01 de enero de 2013. En tanto que Tribunales de Primera Instancia Municipal conocerán y resolverán solo las causas cuyos hechos punibles se hayan cometido a partir de la vigencia plena del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.

Artículo 6: Ordenar a los Presidentes y Presidentas de los Circuitos Judiciales Penales, Rectores y Rectoras de las Circunscripciones Judiciales, colaborar para el mejor desempeño y ejercicio de las funciones de los órganos jurisdiccionales constituidos en los distintos circuitos judiciales penales.

Artículo 7: Ordenar a las Presidentas y Presidentes de los Circuitos Judiciales Penales, disponer lo conducente a fin de que se efectúe la recepción y distribución de todo documento, causa o expediente que se reciba; para la oportuna tramitación de las causas que deban seguirse por el procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves.

Artículo 8: Ordenar a las Presidentas y Presidentes de los Circuitos Judiciales Penales, disponer lo conducente a fin de proveer el material de oficina indispensable para el funcionamiento administrativo de los Tribunales acá constituidos y la oportuna tramitación de causas a que se refiere la presente Resolución.

Artículo 9: Todo lo no previsto en la presente Resolución, será resuelto por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

Artículo 10. Se ordena la publicación de esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial, sin que tal publicación condicione su vigencia.

Comuníquese y publíquese.

Dada, firmada y sellada en el salón de sesiones de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas a los doce (12) días del mes de diciembre de dos mil doce. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación. PRESIDENTA,

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

EL PRIMER VICEPRESIDENTE

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JANNET MARÍA SOTILLO

LA DIRECTORA

EVELYN MARRERO ORTÍZ

YRIS ARMANIA PEÑA ESPINOZA

NINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO

LOS MAGISTRADOS,

FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ

YCLANDA JAIMES GUERRERO

MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ

ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ

ANOTNIO RAMÍREZ JIMÉNEZ

CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ

JUAN RAFAEL PERDOMO

ALFONSO VALBUENA CORDERO

BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN

EMIRO GARCÍA ROSAS

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

LUIS ANTONIO ORTÍZ HERNÁNDEZ

HÉCTOR CORONADO FLORES

CARMEN EL VIGIA PORRAS DE ROA

MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN

ARCADIO DELGAGO ROSALES

JUAN JOSÉ MÉNDOZA JOVER

GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

TRINA OMAIRA ZURITA

OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI

MÓNICA G. MISTICCHIO TORTORELLA

RAÚL JOSÉ APONTE RUEDA

LA SECRETARIA

OLGA M DOS SANTOS

En doce (12) de diciembre de dos mil doce (2012), siendo las once y quince minutos de la mañana (1:15am), fue aprobada la resolución que antecede. No aparece suscrita por los Magistrados doctores Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, Carlos Oberto y Héctor Coronado Flores, quienes no asistieron a la sesión por motivos justificados. Se deja constancia que la Magistrada doctora Blanca Rosa Mármol de León se abstuvo de participar en la votación de la presente resolución.

La Secretaria

En doce (12) de diciembre de dos mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (3:00 pm), fue publicada la resolución que antecede.

La Secretaria



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