Sumario de la Gaceta Oficial número 40.061 correspondiente al día jueves 29 de noviembre de 2012



Sumario

Presidencia de la República

Decreto N° 9.307, mediante el cual se nombra como Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela, en calidad de Encargado, a partir del 30 de noviembre de 2012 y hasta el 01 de diciembre del mismo año, al ciudadano Héctor Augusto Navarro Díaz.

Ministerio del Poder Popular de Industrias

Resolución Nº 094, mediante la cual se aprueba la Estructura Financiera del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Fiscal 2013 de este Ministerio, constituida por la Unidad Administradora Central y las Unidades Ejecutoras Locales que en ella se señalan - (Se reimprime por discrepancias en los originales).

Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras

Acta. (Asamblea General Extraordinaria de Accionistas N° 1 de la Sociedad Anónima Centro Técnico Productivo Socialista José Laurencio Silva, S.A).

Ministerio del Poder Popular para la Salud

Resolución N° 149, mediante la cual se reclasifica el Ambulatorio Urbano Tipo I La Paz, ubicado en el estado Lara, a Ambulatorio Urbano Tipo III La Paz.

Resolución N° 150, mediante la cual se designa a la ciudadana Ordilia Josefina Espejo, como Directora del Ambulatorio Urbano Tipo III, «La Paz», ubicado en Barquisimeto estado Lara, adscrito a este Ministerio.

Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social

Resolución N° 8092, mediante la cual se designa al ciudadano Oswaldo Alfredo Sánchez Aponte, en el cargo de Director General, en la Dirección General de Empleo, de este Ministerio.

Ministerio del Poder Popular de Petróleo y Minería

FONAPROLE

Providencia N° 001/12, mediante la cual se constituye la Comisión de Contrataciones de esta Fundación, integrada por los ciudadanos y ciudadanas que en ella se mencionan. (Miembros Principales y Suplentes en las Áreas: Jurídica, Técnica, Económica Financiera y Secretaria).


Lo más leído

La manifestación de incompatibilidad o desafecto hacia el otro cónyuge, alegada en la demanda de divorcio civil no precisa contradictorio "ya que se alega y demuestra el profundo deseo de no seguir unido en matrimonio por parte del cónyuge-demandante, como manifestación de un sentimiento intrínseco de la persona, que difiere de las demandas de divorcio contenciosas". Sala Constitucional dicta su primera sentencia de divorcio civil en el curso de un avocamiento.