Curso: Reforma COPP 2012. "Más que críticas análisis para su aplicación".

Reforma COPP 2012

La Reforma del COPP – 2012.


"Más que criticas, análisis para su aplicación".



Contenido:


§ Aspectos Constitucionales de vulneración con la reforma del COPP: su alegato forense.


§ La libertad y presencia del imputado en el proceso, en la reforma 2012.


§ Las alternativas a la prosecución del proceso en el COPP 2012.


§ El procedimiento especial para los delitos menos graves.


§ Nulidad, y Recursos Procesales en la Reforma.


§ Taller de preguntas y respuestas puntuales (las dos ultimas horas del curso).






Dirigido a: Abogados, Funcionarios del Poder Judicial, Estudiantes Universitarios y afines


Dictado por el Prof. Ángel Zerpa Aponte. Profesor de Pre y Post Grado en Derecho Procesal Penal y Derecho Penal, en la UCV, UCAB, USM, UJMV, y UC. Ha sido Juez Superior Penal en Caracas. Recurrente de la Nulidad Parcial del COPP, ante el TSJ.


Día: Viernes 23 y Sábado 24 de Noviembre del 2012.


Hora: Viernes de 4 :00 pm a 9:00 pm y el día Sábado de 9:00 am a 1:00 pm y de 2:30 pm a 5:30 pm.


Dirección: Instituto Escuela de Prado del Este, (Calle Maracaibo, Urbanización Prados del Este Caracas.) Telf.: 0212) 978-36-97


Profesionales: Inversión: Bs. 1.500,00 (Pagaderos en dos cuotas, la PRIMERA CUOTA de MIL BOLÍVARES (Bs.1.000) el día 30 de octubre y LA SEGUNDA CUOTA DE QUINIENTOS pagadera el día 15 DE NOVIEMBRE de 2012. OTRO: PAGO ÚNICO: Bs. 1.350 con pago único el DÍA 30 DE OCTUBRE. de 2012, en la entidad bancaria 100XBANCO.


Estudiantes debidamente acreditados: Inversión: Bs. 1.000,00 (Pagaderos en dos cuotas, la PRIMERA CUOTA de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.500) el día 30 de octubre y LA SEGUNDA CUOTA DE QUINIENTOS pagadera el día 15 DE NOVIEMBRE, en la entidad bancaria 100XBANCO.


INCLUYE: I) Certificado de Asistencia avalado por la Universidad Tecnológica Instituto Escuela (UTIE) y por la Universidad Central de Venezuela (UCV), conforme al CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (UCV) Y UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INSTITUTO ESCUELA (UTIE). II) Material de Apoyo. III) Refrigerios. INVERSIÓN: Los pagos serán realizados en depósitos Bancarios y/o transferencias a la Cuenta Corriente Nro. 0156-0030-66-0100119957 en la entidad bancaria 100XBANCO, a favor de Juan Carlos Villegas M. V-9.098.598. CONTACTOS: jcvillegas2000@gmail.com; azerpaponte@yahoo.es Telf.: 04143083805 / 04241536630



 Fuente: Dr. Ángel Zerpa Aponte.




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La manifestación de incompatibilidad o desafecto hacia el otro cónyuge, alegada en la demanda de divorcio civil no precisa contradictorio "ya que se alega y demuestra el profundo deseo de no seguir unido en matrimonio por parte del cónyuge-demandante, como manifestación de un sentimiento intrínseco de la persona, que difiere de las demandas de divorcio contenciosas". Sala Constitucional dicta su primera sentencia de divorcio civil en el curso de un avocamiento.