Sumario de la Gaceta Oficial número 40.021 correspondiente al miércoles 3 de octubre de 2012


Sumario

Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas

Oficina Nacional del Tesoro

Providencia N° 2012-0006, mediante la cual se designa a la ciudadana Érika Josefina Rodríguez Salas, como Directora General, en calidad de Encargada, en la Dirección General de Administración y Servicios del Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.

Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras

FONDAS

Providencia N° 003-2012, mediante la cual se delega en el ciudadano Luis Alberto Gómez Lima la competencia para firmar los documentos de Convenimientos de Pago, Reestructuraciones de deuda de este Fondo.

Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas

Encomienda convenida entre CVA Compañía de Mecanizado Agrícola y Transporte Pedro Camejo, S.A. y el Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas, para la Adquisición de Maquinaria Agrícola y Vehículo.

Ministerio del Poder Popular para la Alimentación

Resolución N° DM/059-12, mediante la cual se procede a la publicación del Traspaso Presupuestario de Gasto de Capital de este Ministerio, por la cantidad que en ella se indica. (Bs. 10.000,00)

Tribunal Supremo de Justicia

Dirección Ejecutiva de la Magistratura

Resoluciones Nros. 0326, 0335, 0336 y 0338, mediante las cuales se designa a los ciudadanos que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. (Alexander P. Santos, como Analista Profesional II; José G. Muñoz, Analista Profesional III, entre otros).

Ministerio Público

Resoluciones Nros. 1376, 1377, 1378 y 1379, mediante las cuales se delega en las ciudadanas abogadas que en ellas se señalan, la representación del Ministerio Público en los asuntos de la Institución, en cualquier lugar del territorio nacional.(Yuraima E. Gil T, como Directora de Inspección y Disciplina; Ingrid C. López B, como Sub Directora en la Dirección de Inspección y Disciplina, entre otros).

Fuente: www.microjuris,com




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La manifestación de incompatibilidad o desafecto hacia el otro cónyuge, alegada en la demanda de divorcio civil no precisa contradictorio "ya que se alega y demuestra el profundo deseo de no seguir unido en matrimonio por parte del cónyuge-demandante, como manifestación de un sentimiento intrínseco de la persona, que difiere de las demandas de divorcio contenciosas". Sala Constitucional dicta su primera sentencia de divorcio civil en el curso de un avocamiento.